Mostrar el registro sencillo del ítem

dc.contributor.authorBenso Calvo, Carmen
dc.date1979-01
dc.date.accessioned2019-02-27T16:46:31Z
dc.date.available2019-02-27T16:46:31Z
dc.identifier.issn0034-9461
dc.identifier.urihttps://reunir.unir.net/handle/123456789/7999
dc.description.abstractReglamentación Orgánica de los Cuerpos Especiales La Ley de Funcionarios Civil es del Estado, del Estatuto del 7 de febrero, clasifica a los Cuerpos en dos grandes conjuntos: Cuerpos Generales y Cuerpos Especiales. A los primeros, o interministeriales, les es aplicable directa y totalmente el Estatuto del 64. Los segundos, o departamentales, quedan tuera de la normativa general en cuestiones como los sistemas de selección y formación, régimen de perfeccionamiento y obtención de diplomas, procedimiento de provisión de puestos de trabajo, según la Ley 109/63, de 20 de julio, de Bases de funcionarios civiles, para los que dispondrán de disposiciones específicas o peculiares de cada Cuerpo. De este modo, en la Ley de Bases «la idea de «Cuerpo Especial» se identifica con la existencia de un Reglamento propio, desconociéndose que eran bastantes Cuerpos los que carecían de normas específicas y se regían directamente por el Estatuto de 1 9 1 8 y demás normas generales entonces vigentes»es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherRevista Española de Pedagogíaes_ES
dc.relation.ispartofseries;vol. 37, nº 143
dc.relation.urihttps://revistadepedagogia.org/xxxvii/no-143/la-corporatividad-en-el-sector-publico-docente/101400049484/es_ES
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.subjectsector público docentees_ES
dc.subjectcuerpos generaleses_ES
dc.subjectcuerpos especialeses_ES
dc.subjectRevista Española de Pedagogíaes_ES
dc.titleLa corporatividad en el sector público docentees_ES
dc.typearticlees_ES
reunir.tag~REPes_ES


Ficheros en el ítem

Thumbnail

Este ítem aparece en la(s) siguiente(s) colección(ones)

Mostrar el registro sencillo del ítem