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Fundamentos legales de nuestra primera enseñanza, previos a la Ley Moyano
dc.contributor.author | Aranda Fernández, Ricardo | |
dc.date | 1965-01 | |
dc.date.accessioned | 2019-07-15T10:09:10Z | |
dc.date.available | 2019-07-15T10:09:10Z | |
dc.identifier.issn | 0034-9461 | |
dc.identifier.uri | https://reunir.unir.net/handle/123456789/8737 | |
dc.description.abstract | La facultad legislativa en manos de los órganos administrativos del Estado es muy reciente. Hasta el primer cuarto del siglo XIX fueron los maestros, mediante sus asociaciones de carácter gremial, y el Consejo de Castilla, que apenas hacía más que refrendar los acuerdos de las asociaciones, los principales conductores de la legislación. De las disposiciones aisladas y particulares de tales asociaciones se pasa, poco a poco, a Ja legislación de carácter general, representada en su más amplia extensión por el Reglamento de 1821,que regula la enseñanza en todos sus órdenes, y por el Plan y Reglamento de Escuelas de 1825, que se refiere a toda la enseñanza primaria y nada más que a la enseñanza primaria. Este Plan y Reglamento consta de 207 artículos distribuidos en XIX títulos. Fue muy elogiado y se ha asegurado que en la fecha de su publicación no había en ninguna de las naciones de Europa otro no sólo que lo aventajase, sino que ni le igualase siquiera. | es_ES |
dc.language.iso | spa | es_ES |
dc.publisher | Revista Española de Pedagogía | es_ES |
dc.relation.ispartofseries | ;vol. 23, nº 89 | |
dc.rights | openAccess | es_ES |
dc.subject | fundamentos legales | es_ES |
dc.subject | Ley Moyano | es_ES |
dc.subject | Revista Española de Pedagogía | es_ES |
dc.title | Fundamentos legales de nuestra primera enseñanza, previos a la Ley Moyano | es_ES |
dc.type | article | es_ES |
reunir.tag | ~REP | es_ES |