Resumen
Los procedimientos sancionadores de la Comisión Europea en materia de derecho de la competencia prevén la imposición de sanciones de elevada cuantía. Por ello, son equiparados a los procedimientos de naturaleza penal a la hora de determinar las garantías procesales que deben ser aplicables a las partes. Sin embargo, dichos procedimientos distan considerablemente de un procedimiento penal ordinario. En este contexto, surge la necesidad de evaluar, a la luz del artículo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y los artículos 47 y 48 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, cuáles son los mayores riesgos para los derechos procesales de las empresas investigadas. Además, teniendo en cuenta el contexto actual, una vez entrada en vigor la Ley de Mercados Digitales, conviene adaptar el análisis a su aplicación específica, que cuenta con ciertas particularidades que podrían menoscabar los derechos de las partes.
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