Resumen
este trabajo de fin de Maestría relaciona el Derecho Penal Económico al Derecho del Trabajo, a los derechos humanos y al ambiente laboral para mejor preservación de la vida, salud, seguridad y dignidad en el trabajo desde la aplicación efectiva de las normas penales pertinentes a este tema. Es decir, se propone que los delitos de siniestralidad laboral tienen como bienes jurídicos, en una lectura holística de las normas aplicables, más allá de la vida y la salud de las personas trabajadoras, también la dignidad de la persona, el ambiente del trabajo y la propia prevención de la siniestralidad. Por lo tanto, en el ámbito de estudio se encuentran valores constitucionales y comprendidos en convenios internacionales que, aplicados en conexión con la dignidad de la persona en los tipos penales, orientan para una cultura de prevención de la siniestralidad laboral. Así, desde estos valores constitucionales, se intenta demostrar la violación antijurídica del riesgo laboral, o sea, el riesgo no permitido que despliega una posibilidad de imputación penal objetiva del agente. Con la aplicación de una orientación hermenéutica holística en este ámbito, se demuestra su aptitud para la efectiva protección de los bienes jurídicos ya relacionados y contenidos en las normas penales, lo que es comprobado conforme la Teoría del Diálogo de las Fuentes conectada a la interpretación constructiva de Ronald Dworkin. Y, con estas premisas, se producen efectos significativos en la carga de la prueba del empleador, contratante o tomador de servicios en el proceso penal derivado de estos delitos. Se plantea que la imputación objetiva puede servir para evolucionar la jurisprudencia de los delitos de siniestralidad laboral, lo que va preservar la dignidad de la persona trabajadora y el valor social del trabajo, posibilitando añadir un efecto general de prevención, rectius, una cultura de prevención.
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