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Resumen

En el presente trabajo intentaremos adentrarnos en la polémica e incomprendida Hoja de Encargo en el ejercicio profesional de la abogacía: documento que no tiene un aparo jurídico suficiente y que, como veremos, puede ser intrascendente, conveniente o necesario, según los casos concretos a los que nos refiramos. Dicha Hoja de Encargo debe contener, como mínimo, los honorarios que se cobrarán por el trabajo realizado por el abogado, la forma en que se realizará y las cláusulas contractuales entre el cliente -en su condición de consumidor y usuario- y el abogado. Sería importante destacar lo que a este respecto contemplan las normativas jurídicas española y europea en defensa de los consumidores y usuarios y el papel que juega la relación contractual entre el abogado y el cliente en esta materia. Asimismo, también podremos evaluar lo que la Unión Europea tiene que decir en cuanto a las obligaciones que contraen las partes en un contrato de arrendamiento de servicios.

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