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Resumen

Los juristas y grandes pensadores de los tiempos, desde la antigua Grecia hasta el Siglo XXI, siempre han ido en busca de una solución universal para la elección de la jurisdicción aplicable a los contratos internacionales. La evolución de esta búsqueda y la aparición de una legislación en el campo de la contratación internacional ha llevado a elevar la autonomía de las partes al mayor de los bienes jurídicos digno de protección. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea marca el derrotero de interpretación de la legislación europea que tienen que seguir el Tribunal Supremo de España, los Tribunales Superiores de Justicia, las Audiencias Provinciales de España y los demás órganos judiciales. Así, merecen especial atención los contratos internacionales entre empresas conjuntas y de distribución, así como la figura del consumidor por su trato distinguido ante la Justicia.

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