Resumen
El presente documento se centra en esclarecer si la suplantación sexual tiene cabida en los tipos vigentes de los delitos contra la intimidad. A lo largo del texto, se pondrán de relieve las diferencias entre el contenido natural y el artificial que llevan a proponer una reforma del Código Penal que incluya este último. Esta propuesta abordará las fases de este material que se reputarán dañinas sobre la víctima, debiendo contemplarse así. Este análisis se ha servido de la doctrina, la jurisprudencia y la legislación vigente en relación con el contenido protagonizado por adultos. El material artificial se basa en la IA, por lo que el enfoque se extiende a la regulación europea y a las novedades legislativas internas. Tras conocer la problemática completa de la suplantación sexual, se propondrá que se contemple de manera análoga a los ciberdelitos vigentes. En consecuencia, se incluirá la responsabilidad penal de las personas jurídicas.
Colecciones
Página completa del ítem
.png)
