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Resumen

Estas líneas pretenden dar una perspectiva nueva d e la diversidad y de la inclusión, abordándolas bajo el fundamento de la subsidiariedad, de modo que sea esta la que actúe de guía y mitigue los inherentes desafíos que en ocasiones ambas conllevan. Se trata de ver si, el principio tantas veces olvidado, de la subsidiariedad podría actuar de algún modo dando luces en esos conflictos y si, como principio regulador o guía, es anterior al derecho de inclusión y de respeto a la diversidad. Para plantear bien el objeto de estudio se aborda previamente la relación entre desigualdad, justicia y pobreza con las que suele aparecer asociada la subsidiariedad. La cuestión no es tangencial, porque interpretar la lucha contra la pobreza y la lucha en favor de la justicia como lucha en contra de la desigualdad puede derivar en propuestas que llevan a soluciones a las que les falta la proporción que da el principio de subsidiariedad. Para terminar, se concluye que este principio limita la intervención, pero la requiere. Expresa una visión tanto positiva como negativa del rol del estado o de las instancias superiores con respecto a la sociedad y al individuo. Es decir, es un tipo de asistencia no permanente y que no describe una forma definida de compartir tareas. Por tanto, respeta siempre la autonomía de cada persona y tiene que ser diseñada de manera que permita la emancipación de las personas y el desarrollo de su iniciativa y libertad.

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