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Resumen

La reforma operada por la Ley Orgánica 5/2010 (en adelante, LO), de 22 de junio, ha derogado el principio latino societas delinquere non potest, según el cual las personas jurídicas no podían ser sujetas al derecho penal y eran sus administradores que respondían de los delitos cometidos por éllas. Esta reforma, inspirada también por los cambios ocurridos en otros países, ha determinado un enorme cambio de paradigma en el sistema penal español, introduciendo por primera vez la responsabilidad penal de las personas jurídicas. El presente estudio tiene el objetivo de analizar los motivos que han determinado la instauración del nuevo modelo y sus elementos característicos, a la luz también de las modificaciones introducidas por la LO 1/2015, de 30 de marzo. Para concluir, se realizará una breve comparación entre el modelo español y el italiano en tema de responsabilidad penal de las personas jurídicas.

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