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Resumen

En el magisterio católico y en la doctrina canónica y teológica parece no haber lugar para la mediación familiar como modo legítimo de resolución de conflictos. En el marco de la teoría narrativa de resolución de conflictos, este estudio distingue las narrativas de comunión y las de servicio y analiza qué noción de familia les conviene a ambas. El derecho de familia se estructura sobre los paradigmas de la natalidad y de la conyugalidad, los cuales encuentran fundamento respectivo en el valor antropológico del nacimiento y del acto conyugal. Uno y otro permiten formular el principio de atingencia. La aplicación de este principio comporta la liberación de un derecho fundamental de familia con respecto a los ordenamientos jurídicos, distinguiendo y ordenando los ámbitos de las respectivas jurisdicciones. La mediación y el acompañamiento son instituciones distintas pero hermanadas. Son dos modos distintos de acompañar a las personas y sus familias.

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