Resumen
Las falsedades documentales tienen una concreta tipificación en el Código penal español, pero no existen delitos específicos que agraven estas conductas cuando se cometen a través de las nuevas tecnologías, a pesar de que las formas de comisión implican que sea mucho más complicada su detección y más fácil su ejecución. En este trabajo se analiza la existencia de un nuevo bien jurídico de nueva generación como es la autenticidad digital, y el concepto de documento electrónico, de forma que se identifique si se encuentra este documento dentro de los actuales delitos de falsedad documental. Se identifican, también, todas las falsedades informáticas que pueden cometerse de forma electrónica, incluyendo la del certificado o firma digital y la falsedad de certificados y el tráfico de documentos de identidad falsos, diferenciándolo con las falsedades personales.
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