Los delitos en materia de encuestas electorales
Autor:
González Uriel, Daniel
Fecha:
01/08/2023Palabra clave:
Revista / editorial:
La Ley PenalCitación:
GONZÁLEZ URIEL, D., "Los delitos en materia de encuestas electorales", La Ley Penal: revista de Derecho Penal, Procesal y Penitenciario, núm. 163, 2023Tipo de Ítem:
Articulo Revista IndexadaDirección web:
https://web.laley.es/revistas-laley/laley-penal/Resumen:
Los delitos electorales se regulan en la LOREG, que se eleva a la categoría de norma penal especial. En este trabajo se presta atención al delito en materia de encuestas electorales, que se contiene en el art. 145 LOREG. En este precepto se efectúa una remisión genérica a la infracción de la normativa sobre las encuestas electorales, que se regula en el art. 69 LOREG. No obstante, en este estudio se ponen de relieve los problemas dogmáticos e interpretativos que suscita la ausencia de criterios de delimitación entre el delito y la infracción administrativa, la propia estructura de la norma penal en blanco del art. 145 LOREG y la posible colisión con el derecho a la libertad de expresión e información. Asimismo, se pone el foco sobre la necesidad o no de incriminación de tales conductas y se concluye con la propuesta de su destipificación, ante la suficiencia de la sanción administrativa.
Descripción:
Electoral crimes in Spain are regulated by the LOREG (Organic Law on the General Electoral System), which comes under the category of special criminal law. This contribution covers criminal activity in the matter of electoral surveys set out in article 145 of the LOREG, which refers on a generic basis to the infringement of the rules governing electoral polls set out in article 69 of the said Law. However, this study highlights the dogmatic and interpretative problems caused by the absence of demarcation criteria between the crime and the administrative offence, the very structure of the “blank cheque” criminal provision set out in article of the 145 LOREG, as well as the possible collision with the right to freedom of expression and information. The piece also focuses on whether or not such conduct should be criminalised and concludes with the proposal that it be decriminalised in view of the sufficient nature of the administrative sanction.
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